El Tribunal Supremo ha rechazado la petición de Iberdrola de suspender la obligación de suprimir los blindajes en empresas cotizadas, incluida en la reforma de la Ley de Auditorías y Sociedades Anónimas, hasta que se resuelva el recurso que la eléctrica interpuso contra esta nueva norma.
La sentencia, de 3 de enero, rechaza también la otra medida pedida por Iberdrola, la de que no se aplique a la compañía esta norma en tanto se tramite su recurso. El Supremo niega así las medidas cautelares que Iberdrola pidió el 1 de septiembre.
* Este artículo apareció en la edición impresa del Viernes, 21 de enero de 2011