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El TSJA anula la condena dictada por un jurado popular por un asesinato

El tribunal revoca la condena de 17 años y medio de prisión contra tres hombres

La muerte de Manuel Bolaños se enmaraña en los juzgados. El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha ordenado suspender la condena de 17 años y medio de prisión para tres de los cuatro hombres condenados por su asesinato a las puertas de una discoteca. El alto tribunal andaluz considera que no fue un asesinato porque se ha demostrado que los golpes que le propinaron no le causaron la muerte. Les impone solo una multa económica por un delito de lesiones. Además, reduce la pena al cuarto condenado a 12 años. Le considera el autor de la puñalada mortal, pero estima la atenuante de su drogadicción y le impone un pena por homicidio.

La sentencia, adelantada ayer por La Voz de Cádiz, ha sido un "mazazo" para la familia de Bolaños, que celebró entre lágrimas de emoción el veredicto del jurado popular que consideró en junio culpables a los cuatro acusados. "Lloramos hoy pero de manera diferente a todo lo que hemos llorado antes. Ahora lloramos porque se ha hecho justicia", dijeron sus parientes más cercanos a la puerta del juzgado. Bolaños, natural de Medina (Cádiz), murió a los 25 años tras recibir en 2005 una puñalada y varios golpes de una pandilla del municipio vecino de Alcalá de los Gazules. El jurado, y la posterior sentencia, dejó claro que ellos eran los autores de la muerte.

El TSJA atiende el recurso de las defensas de los hombres, que tenían entre 21 y 23 años cuando ocurrieron los hechos. "Nosotros siempre entendimos que mi cliente no participó directamente de la muerte y que, en ningún caso, se había producido un asesinato", argumentó ayer José Ignacio Quintana, letrado de uno de los condenados. La sentencia refleja que la muerte se produjo por una puñalada, tal y como dijeron los forenses en el juicio celebrado en la Audiencia de Cádiz. Durante esa vista solo uno de los cuatro acusados reconoció haber apuñalado a Bolaños, aunque argumentó que fue en un acto fortuito.

El TSJA estima que los otros tres no pueden ser condenados por asesinato sino solo por un delito de lesiones, que no contempla pena de prisión sino simplemente una multa de unos 1.000 euros. Los condenados llevaban en la cárcel desde el mes de junio pero sus abogados no recomiendan que reclamen indemnización alguna. "Creo que con no pagar la multa se puede pasar página perfectamente", opina Quintana. La familia de la víctima anunció ayer que recurrirá la sentencia del TSJA y no descarta volver a movilizarse.

* Este artículo apareció en la edición impresa del Miércoles, 9 de febrero de 2011