Osakidetza fue condenada ayer a indemnizar con 60.000 euros a la familia de una paciente que falleció en el Hospital de Basurto de Bilbao tras ser intervenida de urgencia por hemorragia cerebral después que la médico residente le diera el alta sin practicarle un TAC. Un juzgado de Vitoria concluyó que ésta "no estaba preparada" y debía haber llamado a un neurólogo.
Los hechos acaecieron en junio de 2006, cuando la paciente, de 65 años, fue llevada por su familia al servicio de urgencias del hospital porque había perdido la memoria y presentaba un intenso dolor de cabeza.
Una residente de tercer año de neurocirugía le realizó una exploración y, tras permanecer ingresada, fue dada de alta. No obstante, nada más salir del hospital se desplomó y tuvo que ser ingresada nuevamente. Se le practicó entonces un TAC craneal urgente y se detectó que tenía una hemorragia cerebral, por lo que fue intervenida quirúrgicamente. La mujer permaneció en coma hasta su fallecimiento, dos días después de su ingreso.
La familia de la víctima interpuso entonces una demanda, al considerar que debió realizársele un TAC o escáner craneal antes de recibir el alta, ya que la pérdida brusca de memoria de doce horas era el primer síntoma de una hemorragia cerebral que pudo tratarse antes con "mayores posibilidades de curación" ya que cuando se diagnosticó "era tarde".
Sentencia en firme
El tribunal estimó que los daños fueron por una actuación "negligente, imprecavida o inobservante" y concluyó que la paciente ingresó con un cuadro no interpretado correctamente, pese a que una afectación vascular cerebral es la causa más frecuente de alteración cognoscitiva.
De este modo, se advierte de que el enfoque terapéutico desde su ingresó retrasó el diagnóstico y que, de haberse interpretado el síntoma correctamente, "el TAC debía haberse realizado a su ingreso y no al aparecer el cuadro de brusca pérdida de conciencia". Además, la perito destacó que la persona que vio a la paciente "no estaba preparada para este tipo de cosas".
La familia pedía una indemnización de 180.000 euros, pero el tribunal condenó a Osakideza a pagar 20.000 euros a cada uno de los tres hijos de la mujer fallecida, lo que arroja un total de 60.000 euros más intereses. La sentencia es firme.
* Este artículo apareció en la edición impresa del Domingo, 13 de marzo de 2011