La Generalitat no puede desplazar de forma forzosa al profesorado fuera de la localidad donde tiene su destino de origen, como pretende una orden de la Consejería de Educación. Dos sentencias, una del Tribunal Superior de Justicia, confirmada por el Tribunal Supremo, ganadas por la federación de enseñanza de UGT "anulan las facultades que reservaba a la Administración educativa para desplazar de manera forzosa al profesorado fuera de la localidad donde tiene su centro de trabajo".
Esto significa que, "a ningún profesor al que le falten horas para completar su horario lectivo, se le podrá obligar o adjudicar forzosamente un destino provisional para el próximo curso fuera de su localidad, incluso aunque no exista plaza en ella", explica Fete-UGT. El sindicato pide que, según la sentencia, se utilice con rigor la figura de "profesor desplazado o suprimido". Esto es, que solo sean considerados como tales aquellos profesores a los que les falten dos tercios de su horario. Y un modelo personalizado de intervención con la complicidad de la inspección educativa.
* Este artículo apareció en la edición impresa del Jueves, 7 de abril de 2011