El Tribunal Supremo ha negado una indemnización a un acusado de pertenecer a un grupo islamista por el tiempo que permaneció en prisión preventiva antes de ser absuelto por la Audiencia Nacional por falta de pruebas. El alto tribunal asegura que, a pesar de la absolución, no se pudo acreditar la inexistencia del hecho delictivo.
Así lo ha establecido en una sentencia que desestima el recurso de Khalid Zeimi Pardo contra una sentencia de la Sala de lo Contencioso de la Audiencia Nacional que rechazó su reclamación de 1.213.691 euros por los 834 días que permaneció en prisión preventiva injusta.
El recurrente fue detenido en diciembre de 2004 por su presunta integración en una célula terrorista "durmiente" creada por el presunto miembro de Al Qaeda Mustafá el Maimuni y dirigida por Serhane Ben Abdelmahid, El Tunecino, uno de los autores de los atentados del 11-M, con la intención de atentar en España.
* Este artículo apareció en la edición impresa del Martes, 2 de agosto de 2011