La Sección Cuarta de Audiencia de Pontevedra ha impuesto una condena que suma 12 años de prisión a un vecino de Tomiño, A.C.R. de 46 años, por agresión sexual a su pareja, malos tratos habituales en el ámbito familiar y delito de coacciones y lesiones.
Además, el fallo establece que el condenado no podrá acercarse a su esposa a menos de 300 metros ni comunicarse con ella por cualquier medio durante un tiempo que exceda los cinco años de la condena. También le inhabilita para utilizar armas de fuego y fija en 25.240 euros la indemnización que tendrá que pagar a la víctima. La sentencia recoge que los malos tratos se registraron entre julio y septiembre de 2008, cuando la pareja circulaba en un vehículo y tras una discusión él la obligó a salir del coche y, después de zarandearla, la golpeó contra un contenedor de basura.
Otro de los espisodios se registró semanas después, cuando a las dos de la mañana sonó el teléfono de la víctima, lo que provocó un altercado entre ambos. "Vamos a ir a casa de tus padres, yo llevaré un cuchillo entre los dientes y ponte un tanga", le dijo. A continuación se produjo una violenta agresión sexual por la que el tribunal le impuso una condena individualizada de ocho años de prisión por concurrir los agravantes de violencia física y psíquica. "Lo decisivo no es el número de actos violentos concretos que se han declarado probados, sino que lo trascendente es la tendencia o inclinación de estos, dirigidos a crear ambiente de dominación y temor en los miembros de la familia, siendo lo importante que el tribunal llegue a la convicción de que la víctima vive en un constante estado de agresión permanente", dice el fallo.
* Este artículo apareció en la edición impresa del Jueves, 15 de septiembre de 2011