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CARTAS AL DIRECTOR

Los presos, otra vez a la palestra

Alcalá de Henares, Madrid

Los presos etarras se habían convertido en elemento aglutinante; la concentración, en dos prisiones, Alcalá y Herrera, permitía establecer un control férreo de ETA sobre ellos y su entorno social más inmediato. A mediados de 1989 se procedió a la dispersión. La decisión política era arriesgada, pero inevitable; los dos partidos que se sucedieron en el Gobierno pidieron comprensión. La sociedad española entendió que esta era una política propia de un Estado democrático y de derecho y soportó la respuesta violenta de la organización terrorista.

Tras la dispersión, lejos del grupo de militancia, los internos ganaron en iniciativa individual y recuperaron espacios de autonomía personal que antes no tenían, accedieron a la redención de penas por el trabajo y al apoyo familiar directo. Esta normalización ha permitido la libertad y la integración social de muchos presos etarras, sin mayor dificultad, ni escándalo, por la exacta aplicación de las leyes vigentes. Pero no es menos cierto que también han abundado desde entonces las medidas excepcionales, se generaron soluciones extraordinarias a problemas penitenciarios creados artificialmente por urgencias políticas y partidarias.

El proceso está llegando a uno de sus momentos claves. Se anuncia el estancamiento y la ausencia absoluta de negociación, pero se admite que los asuntos que están sobre la mesa son: el acercamiento de presos a Euskadi y la superación de la doctrina Parot, que mantiene en la cárcel a aquellos que llevan más tiempo encarcelados. La ley penitenciaria ordena el acercamiento de los internos a su entorno social, el Comité contra la Tortura de la ONU ha preguntado varias veces sobre la dispersión.

La sociedad española debe hacerse la misma pregunta y actuar en consecuencia, sabiendo que el alejamiento no debería ser utilizado como una pena añadida ni como un elemento de presión en la negociación con los terroristas. Por justicia y equidad para los otros presos, el tratamiento penitenciario individualizado debería ser el único criterio para el acercamiento o alejamiento y para la puesta en libertad, por muy aberrante que sea el delito cometido.

* Este artículo apareció en la edición impresa del Domingo, 2 de octubre de 2011