Un juzgado de Sevilla ha condenado a la compañía aérea Iberia a indemnizar con 900 euros, más los intereses legales, a un viajero al que perdió una maleta en un vuelo con salida en el aeropuerto vizcaíno de Loiu, pese a que inicialmente la compañía aérea rechazó cualquier tipo de responsabilidad por no haber presentado en plazo la reclamación.
El juzgado de lo Mercantil 2, en una sentencia a la que ha tenido acceso Efe, condena a Iberia por extraviar la maleta facturada de J.C.A.R. en un vuelo de la línea Bilbao-Sevilla del 17 de agosto de 2011.
La compañía aérea rechazó inicialmente todo tipo de responsabilidad alegando que la reclamación se había presentado fuera de los plazos previstos por la legislación vigente para indemnización por equipajes. No obstante, tras este paso de la compañía, el afectado decidió llevar el caso a los tribunales y fue entonces cuando, unos días antes de la fecha prevista para el juicio, Iberia se allanó a la demanda y aceptó pagar la suma reclamada.
El juez estima que el allanamiento no supone fraude de ley ni perjuicios a terceros, por lo que acepta el reconocimiento por parte de la aerolínea aunque le impone el pago, junto a los 900 euros, de los intereses legales desde la interposición de la demanda y el interés previsto por la Ley de Enjuiciamiento Civil desde la fecha de la resolución.
* Este artículo apareció en la edición impresa del Miércoles, 7 de diciembre de 2011