La viuda de Emiliano Amaya Viar realizó su denuncia en septiembre del año pasado, alegando relación "causal y directa" entre el consumo de tabaco y la enfermedad que causó la muerte a su marido.
En su sentencia, la juez niega los dos fundamentos de la demanda, que ha sido desestimada en su integridad: la relación de causalidad y la falta de información. Respecto al primero, la sentencia manifiesta que "no puede afirmarse que fuera el consumo del tabaco la causa fundamental del deterioro de la salud del fallecido".
En cuanto a la falta de información, la juez destaca la publicidad que, sobre este extremo (el riesgo asociado al consumo de tabaco) se ha dado, hasta el punto de que es de "general conocimiento". Además, subraya el hecho de que Emiliano Amaya Viar era médico y tenía pleno conocimiento del riesgo que supone el consumo de tabaco.
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Otras dos demandas archivadas
Por otro lado, otras dos demandas presentadas contra Altadis, una en España y otra en Francia, han sido archivadas por cuestiones procesales. En España, la juez del Juzgado de Primera Instancia número 11 de Madrid ha decidido archivar la demanda presentada por José Dux en enero de 1999 contra la compañía por un caso de tabaquismo, al desestimar el recurso planteado por este enfermo de bronquitis crónica, que responsabilizaba al consumo de tabaco de su enfermedad.
Altadis interpuso un conflicto de competencia con el fin de que el juicio tuviera lugar en Madrid, ya que la demanda había sido presentada en la localidad valenciana de Sueca, y ante el que la parte demandante debería haber presentado en plazo nuevamente la demanda. Al no personarse, el Juzgado decidió archivar las actuaciones, resolución ante la cual la parte demandante interpuso el correspondiente recurso, que ha sido ahora desestimado, dando lugar al archivo definitivo de las actuaciones contra Altadis.
En Francia, el Tribunal de Primera Instancia de Thionville ha decidido desestimar la demanda interpuesta por Daniel Carpentier contra la compañía francesa Seita (integrante de Altadis), a la que responsabiliza de padecer un cáncer de boca, al no personarse el demandante para responder a los defectos de forma, incompetencia y prescripción argumentados por Seita.
El denunciante fundamentaba su demanda del 11 de agosto de 2000 en la falta de información sobre los riesgos del tabaco, y solicitaba al Tribunal que se pronunciara sobre la necesidad de un peritaje médico y fijase la indemnización por los daños sufridos.