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El Senado anula las subvenciones a Batasuna y aprueba reformar dos leyes

La cúpula fiscal lamenta que el Gobierno no haya subido el sueldo a Cardenal

La Comisión de Presupuestos del Senado aprobó ayer la enmienda del PP que excluye de las subvenciones electorales a grupos políticos integrados por personas que hayan sido condenadas por actos de terrorismo y no hubieran rechazado posteriormente esta práctica, en referencia a Batasuna. La enmienda fue aprobada con una adición del PSOE que, para dar sustento legal a la iniciativa, plantea la reforma en el futuro de la Ley Electoral, la Ley del Poder Judicial y la Ley de Financiación de Partidos.

El PNV volvió a reiterar ayer que la enmienda aprobada en el Senado para impedir la subvención con dinero público a Batasuna, la formación política que defiende a ETA, tiene numerosas lagunas jurídicas. La enmienda popular plantea incluso que no se pagarán indemnizaciones a Batasuna por sentencias firmes.

Entre las enmiendas aprobadas ayer en el Senado también destaca la creación del impuesto de gasolinas (cuatro pesetas por litro en el tramo estatal) y la financiación del 100% de los daños en las sedes oficiales de partidos políticos por atentados.

El PP no pudo colar, como pretendió, una enmienda a su propia enmienda para subir de 11,5 millones de pesetas a 18 millones el sueldo anual del Fiscal General del Estado.

La cúpula fiscal lamentó que por problemas formales no se pueda subir el sueldo al fiscal general del Estado. El "agravio comparativo" entre las retribuciones del presidente del Tribunal Supremo, Francisco Hernando, y el fiscal general, Jesús Cardenal, desató la protesta de la carrera fiscal, por cuanto las percepciones de ambos están equiparadas por ley, pero la subida sigue sin aplicarse desde hace cuatro años al fiscal del Estado. El vicepresidente segundo del Gobierno, Rodrigo Rato, admitió que cuando se actualizaron los sueldos en el Tribunal Supremo "hubo un olvido" respecto al sueldo del fiscal general. "Si no me falla la memoria, cuando se revisaron los sueldos de los presidentes de Sala del Supremo, hace varios años, después de 1996, en un acuerdo entre los partidos políticos, hubo un olvido", aseguró Rato. "En mi etapa de ministro de Hacienda", prosiguió, "ese olvido no lo subsané, no porque no reconociera que había que hacerlo, sino probablemente porque se hacían otras cosas".

El artículo 31 del Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal establece que el régimen retributivo del Fiscal General del Estado "será idéntico al del presidente del Tribunal Supremo", situación que no se da desde que, en 1998, los magistrados del Supremo vieron incrementados sus sueldos. Ese incremento se aplicó también a los fiscales de Sala del Tribunal Supremo, de lo que resulta que Cardenal, que no tiene categoría de fiscal de Sala, cobra menos que sus subordinados. De hecho, su salario es, según fuentes citadas por Efe, unos seis millones y medio de pesetas inferior al del jefe de su secretaría técnica, Fernando Herrero-Tejedor. Cardenal cobra unos 11,5 millones de pesetas en tanto que un fiscal de Sala del Supremo cobra más de 17 millones.

* Este artículo apareció en la edición impresa del Miércoles, 5 de diciembre de 2001