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El Supremo confirma la condena que inhabilita a Jesús Gil para ser alcalde

Jesús Gil: 'Lo más importante es que nadie pueda decir que se ha metido la mano en el cajón'

Jesús Gil tendrá que abandonar la alcaldía de Marbella en cumplimiento de los 28 años de inhabilitación que ayer le confirmó el Tribunal Supremo, que ratifica íntegramente la sentencia de la Audiencia de Málaga. Este tribunal condenó a Gil, en octubre de 2000, además, a seis meses de arresto y una multa de un millón de pesetas. El fallo le condena a él y a dos de sus colaboradores por cuatro delitos de prevaricación y dos de tráfico de influencias, por las irregularidades cometidas en los contratos de patrocinio de Marbella con el Atlético de Madrid, el Betis y el Joventut de Badalona entre 1991 y 1993.

La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha rechazado todos los recursos presentados por las defensas, la Fiscalía y la acusación particular. Gil se declaró ayer "satisfecho" porque el Supremo no ha atendido la petición del fiscal de ampliar la condena a los delitos de malversación de caudales públicos, falsedad documental y apropiación indebida: "Lo importante es que nadie puede decir que se ha metido la mano en el cajón, que era lo que pretendía el PP y el PSOE", declaró a Onda Cero.

La Audiencia de Málaga condenó a Gil el 10 de octubre de 2000 junto a Pedro Román, su primer teniente del alcalde (1991-1998), y a Modesto Perodia, gerente de la empresa municipal Eventos 2000, que realizó los contratos de patrocinio de Marbella con clubes deportivos. El tribunal consideró a Gil culpable de un delito de prevaricación y de otro de tráfico de influencias por la manera en que se realizaron los contratos de patrocinio de Marbella en las camisetas del Atlético de Madrid en las temporadas 1991-92 y 1992-93. La sentencia establecía que se hicieron sin el más mínimo rigor: "Sin autorización de los órganos municipales, ni intervención del secretario municipal. No hubo reflejo registral, ni control fiscal. No había previa dotación de crédito. No tuvo conocimiento el Pleno".

Por este asunto, Gil fue condenado a siete años de inhabilitación, tres meses de arresto y medio millón de pesetas de multa, por prevaricación y tráfico de influencias. La pena impuesta a Román fue de 9 años de inhabilitación.

El tribunal aplicó otra pena a Gil de siete años de inhabilitación, medio millón de multa y tres meses de arresto, por los mismos delitos, porque en los acuerdos entre Eventos 2000 y el Atlético de Madrid o la Sociedad de Fútbol Profesional, desde 1994, no se consultó al Ayuntamiento.

Patrocinio y favor

Las otras dos condenas por prevaricación (siete años de inhabilitación cada una), fueron por los contratos con el Betis y el Joventut. El patrocinio del club de baloncesto en la temporada 1992-93 se hizo a cambio de un favor que la empresa intermediaria Dorna le había hecho a Gil, según la acusación. Dorna prestó al alcalde, por un día, los 1.300 millones de pesetas necesarios para hacerse con la mayoría de las acciones del Atlético. El trato con el Joventut fue verbal, sin contrato. La sentencia estableció que "el Ayuntamiento no fue consultado, ni prestó autorización". El patrocinio del Betis (1992-1993) "se suscribió en papel común, sin sello ni membrete del Ayuntamiento". Además Gil lo firmó en nombre de Eventos 2000 sin tener poderes de la sociedad.

El Atlético dio ayer por concluido el caso de las camisetas ya que el Supremo ratifica su absolución como responsable civil subsidiario y declara inocentes a su vicepresidente, Enrique Cerezo, y al director general, Miguel Ángel Gil Marín. El caso por el que ha sido inhabilitado Gil comenzó por una denuncia de la portavoz del PSOE en el Ayuntamiento de Marbella, Isabel García Marcos, ante la Fiscalía Anticorrupción el 7 de mayo de 1996. El fiscal Carlos Castresana se querelló en octubre de 1998 y el juez instructor, Santiago Torres, decretó la apertura de juicio oral el 19 de mayo de 1999. El juicio en la Audiencia de Málaga se celebró entre marzo y julio de 2000.

* Este artículo apareció en la edición impresa del Sábado, 6 de abril de 2002