'Ninguna credibilidad de los argumentos de la Junta de Tratamiento'. 'Extravío de muestras'. 'Error en la valoración de pruebas'. 'Baile de fechas'. Con estos argumentos, la Audiencia Provincial de Palma de Mallorca sentenció hace ya un mes que una serie de medidas adoptadas en la prisión de Ibiza contra Frutos Jara Crespo, de 27 años, eran extravagantes y debían ser revocadas, pero ayer el director de la prisión, Carlos Blanco, aún no había ejecutado el auto judicial con el argumento de que no ha recibido 'comunicación oficial alguna'. 'Hasta que no llegue la sentencia por correo, oficialmente, no se tomará ninguna medida', dijo.
Frutos Jara acudía a diario a su trabajo, fuera de la cárcel, en una empresa de Ibiza en la que ya ha logrado un contrato indefinido, cuando en febrero pasado recibió la orden de reincorporarse al régimen ordinario de la prisión, sin posibilidad de salidas. Inició entonces un complicado proceso de recursos contra la medida, basada en analíticas de orina que, según la prisión, daban positivo de drogodependencia, hasta conseguir que la Audiencia Provincial de Palma, en un auto del 28 de mayo, revocase esas medidas.
Además de sostener que jamás ha tomado opiáceos ni cocaína, como aseguraban los servicios de la prisión, el interno ha logrado que el tribunal sentencie que las analíticas se ejecutaron sin control alguno, en fechas distintas a las que se dice en los informes oficiales e, incluso, sin que ni siquiera se le realizaran los análisis que allí se anotan, sino algunos menos. 'Siendo así evidente la confusión en torno a las fechas de extracción, de remisión y de informe de resultado, confusión de la que es responsable el Centro Penitenciario, y suscitada la duda razonable sobre la realidad y el resultado de las analíticas, ninguna credibilidad puede merecer la argumentación de la Junta de Tratamiento sita en la base y motivación de la resolución recurrida', afirma la sentencia.
Situación kafkiana
El auto judicial de los magistrados Antonio José Terrasa, Margarita Beltrán y Víctor Rafael Rivas advierte también de que 'no puede olvidarse que ni los permisos ni la progresión de grado constituyen premios a la buena conducta, ni castigos la denegación de aquellos o la regresión de grado; constituyen una medida inserta en el tratamiento penitenciario con una finalidad clara y específica: la de preparación de la futura vida en libertad del interno'. El auto no admite recurso.
La familia de Frutos Jara Crespo cree que el joven 'está viviendo en una situación kafkiana', con riesgo de su salud y de pérdida definitiva del trabajo, a pesar de tener los mejores informes de comportamiento y rendimiento, según consta en autos. Y achaca el retraso en el cumplimiento de la sentencia al 'empecinamiento del director del centro', que 'no tiene ninguna sensibilidad humana y sigue creyendo que no se ha equivocado', dijo ayer el padre del interno, Frutos Jara López.
* Este artículo apareció en la edición impresa del Sábado, 29 de junio de 2002