La sentencia de la sala de lo contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) que obliga a las farmacias a dispensar la píldora del día después tras rechazar el recurso interpuesto por un farmacéutico que no ejerce pasará ahora al Tribunal Supremo al haber sido recurrida en casación, según informó ayer la Asociación Nacional de Defensa de la Objeción de Conciencia. Además del recurso de casación, hay otros recursos interpuestos por farmacéuticos en ejercicio que se niegan a dispensar la píldora en sus establecimientos.
El TSJA basó su rechazo a la petición del farmacéutico en el hecho de que éste no ejerce, por lo que queda desligitimado para alegar. En esa misma sentencia se apuntaba que hay que deslindar entre los conceptos de 'anticonceptivo' y 'antiabortivo' y que, teniendo en cuenta las recomendaciones de la Asociación Española del Medicamento o la Organización Mundial de la Salud, la píldora es 'un anticonceptivo de emergencia', tal y como defendía el Servicio Andaluz de Salud.
* Este artículo apareció en la edición impresa del Jueves, 8 de agosto de 2002