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PP y PSOE pactan endurecer las penas y mantener la reinserción de los terroristas

La retroactividad sólo se impondrá para exigir arrepentimiento inequívoco a los condenados

Los terroristas ya condenados a la entrada en vigor de la nueva ley que endurecerá las penas de prisión deberán mostrar un arrepentimiento efectivo para poder acogerse a los beneficios penitenciarios. Asímismo, aquellos que sean condenados a penas que sumen 80 años o más podrán acceder al tercer grado cuando hayan cumplido 32 años de la pena impuesta, y a la libertad condicional, a partir de los 35 años de cumplimiento. Así concluyó anoche, tras una nueva reunión de cuatro horas, la negociación que el Gobierno y PSOE mantenían desde el lunes sobre la nueva ley, que elevará de 30 a 40 años la pena máxima de cárcel para terrorismo y otros delitos graves.

El acuerdo cerrado avanzada la noche de ayer y rubricado con un comunicado conjunto culminaba cuatro días de negociaciones intensas entre el Gobierno y PSOE en torno al proyecto de ley de cumplimiento íntegro de las penas por delitos de terrorismo graves, aprobado en el Consejo de Ministros de la pasada semana. Gobierno y PSOE han encuadrado esta negociación en el marco del Pacto Antiterrorista, que en su punto quinto se compromete a establecer una legislación que asegure el más severo castigo a los condenados por terrorismo, con el mantenimiento de la reinserción para quienes se arrepientan y muestren voluntad inequívoca de resocialización.

Desde los primeros momentos de la negociación, el ministro de Justicia, José María Michavila; el secretario general de la Presidencia, Javier Zarzalejos; el diputado del PP José Antonio Bermúdez de Castro y la representación socialista -Juan Fernando López Aguilar, Diego López Garrido y Alfredo Pérez Rubalcaba- acordaron la elevación de la pena máxima para los delitos más graves de 30 a 40 años de cárcel y la exigencia a los terroristas condenados a resarcir a las víctimas por los daños.

A partir de ahí, dos cuestiones constituyeron el nudo gordiano de la negociación: el plazo de revisión de la pena para los terroristas arrepentidos con condenas superiores a los 80 años y la retroactividad de la norma.

En el primer caso, los socialistas denunciaron que el proyecto de ley impedía la reinserción. Finalmente, el Ejecutivo admite que los terroristas arrepentidos que sean condenados, bajo la nueva ley, a penas que sumen más de 80 años puedan acceder al tercer grado penitenciario cuando hayan cumplido 32 años de prisión, y a la libertad condicional cuando hayan cumplido 35 -sobre una pena máxima de 40 años-, siempre que acrediten inequívocamente arrepentimiento público y se comprometan a resarcir a las víctimas por los daños producidos. Este punto se cerró a última hora de ayer.

La retroactividad

La retroactividad de la norma la presentó el Gobierno la noche del miércoles de manera inédita en la mesa de negociación. Se inspiraba en el informe del Consejo General del Poder Judicial del que fue ponente el vocal propuesto por el PP Adolfo Prego, quien sustituyó el término "retroactividad" por "retrospección". Ese informe fue el primer indicio de que el Gobierno pretendía introducir la aplicación retroactiva en la futura ley, a pesar de que nada decía sobre ello el anteproyecto.

Los negociadores socialistas lograron suavizar considerablemente la propuesta del Ejecutivo alegando que contenía claros elementos de inconstitucionalidad. En materia penal sólo es aplicable retroactivamente la nueva norma cuando beneficia al reo.

Los socialistas consiguieron finalmente limitar la retroactividad sólo a las condiciones de acceso a la reinserción. De modo que una vez en vigor esta ley, los terroristas que estén cumpliendo condena y quieran acceder a los beneficios penitenciarios tendrán que firmar una carta arrepintiéndose, pedir perdón a las víctimas y resarcirles por los daños si tienen recursos para ello.

Los socialistas justifican esta concesión en que se trata de "una pura interpretación y objetivación de la reinserción, no desfavorable para el condenado, al que facilitará la libertad", según López Garrido. A su vez, el Gobierno renuncia a aplicar retroactivamente "casi toda la ley", según la misma fuente. El informe de Prego, en efecto, dedicó 10 de sus 49 folios a argumentar la retroactividad de numerosos preceptos. Así, sugería la modificación del artículo 78 del Código Penal para que los beneficios penitenciarios a terroristas y miembros de organizaciones criminales se refirieran siempre "a la totalidad de las penas impuestas en las sentencias" y con aplicación retroactiva, "al margen de la fecha de comisión del delito, irrelevante a estos efectos".

* Este artículo apareció en la edición impresa del Viernes, 14 de febrero de 2003