La Sección Sexta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ha planteado un recurso de inconstitucionalidad contra la Ley 9/1995 de Medidas de Política Territorial, Suelo y Urbanismo de la Comunidad -ya derogada- por vulnerar la competencia estatal sobre expropiaciones forzosas.
El Supremo estima, en un recurso presentado en el Tribunal Constitucional el pasado 18 de enero, que el artículo 102-3 de la ley regional incumple el artículo 149-1-18 de la Constitución que establece la competencia exclusiva del Estado en cuanto a legislación sobre expropiación forzosa.
Los magistrados recuerdan que el Tribunal Constitucional ya ha subrayado en dos ocasiones (37/1987 y 17/1990) que la regulación de la expropiación forzosa corresponde al Estado con el fin de "garantizar el derecho de propiedad privada" y asegurar "una justa compensación económica a quienes se ven privados de sus bienes por legítimas razones de interés general". "La ley nacional impide", así, "que los bienes expropiados puedan ser evaluados con criterios diferentes según las comunidades autónomas" a las que se les reserva, únicamente, "la capacidad de establecer peculiaridades organizativas", siempre que "no menoscaben las garantías que establece la legislación nacional".
La sentencia infiere que la Comunidad de Madrid, en el artículo 102,3 de la ley se atribuye unas competencias que no le corresponden y "menoscaba" así las garantías que establece la legislación nacional en los casos de expropiación forzosa "en perjuicio de los ciudadanos frente a la Administración".
Esta ley fue aprobada en marzo de 1995 por unanimidad. El Gobierno del socialista Joaquín Leguina, que llevaba más de seis años intentando aprobar esta ley, consiguió que hasta el PP, que entonces llegó a anunciar la presentación de un recurso de inconstitucionalidad contra la norma, votara a favor del texto.
* Este artículo apareció en la edición impresa del Miércoles, 2 de febrero de 2005