Nuevo varapalo judicial por el trato que el Estado y la Iglesia católica vienen dando a muchos docentes de catolicismo. En esta ocasión, se trata de una sentencia de la Audiencia Nacional que declara nula la clausura de los contratos temporales por curso de los docentes de religión católica, que establece que no procede indemnización cuando finalizan cada año.
El fallo resuelve una demanda del sindicato USO, de septiembre de 2004, contra el Ministerio de Educación, y ampara a esos trabajadores [seleccionados para cada curso por los obispos, pero contratados y pagados por el Estado], diciendo que tienen derecho, como establece el Estatuto de los Trabajadores, a una indemnización de ocho días de salario, con independencia de una posible relación futura con la Administración docente, en alusión a contrataciones sucesivas interrumpidas en julio y agosto.
* Este artículo apareció en la edición impresa del Miércoles, 2 de febrero de 2005