El Tribunal Constitucional ha admitido a trámite los recursos de inconstitucionalidad del Partido Popular y del Gobierno de Navarrra contra la ley del aborto y ha dado un plazo de tres días al Gobierno, al Congreso y al Senado para que presenten alegaciones al recurso del PP, que había solicitado la suspensión cautelar de la norma. Con este trámite de audiencia a las partes, el Constitucional no se pronunciará sobre la suspensión de la ley antes de su entrada en vigor, el próximo lunes.
El Pleno del Tribunal Constitucional, integrado por 11 magistrados, señala en una providencia que admite a trámite el recurso promovido por más de 50 diputados del Grupo Parlamentario Popular del Congreso y que tiene a Federico Trillo-Figueroa como comisionado.
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Los artículos impugnados son el 5.1 e); 8 in limine y letras a) y b); 12; 13.4; 14; 15 a), b) y c); 17.2 y 5; 19.2 párrafo primero y disposición final segunda de la Ley Orgánica 2/2010, de 3 de marzo, de Salud Sexual y Reproductiva y de la Interrupción Voluntaria del Embarazo.
El Constitucional ha dado traslado de la demanda al Congreso y al Senado a través de sus respectivos presidentes, y al Gobierno, a través del ministro de Justicia, para que puedan personarse en el proceso en el plazo de 15 días y formular alegaciones. En cuanto a la solicitud de suspensión cautelar, el Constitucional da un trámite de audiencia al Congreso, Senado y Gobierno para que en el plazo de tres días puedan hacer las alegaciones que estimen oportunas. En otra providencia similar, tiene por interpuesto el recurso de inconstitucionalidad promovido por el Gobierno de Navarra contra el párrafo 2º de la disposición final 5ª, del artículo 14 en relación con el 17 y el artículo 19.2 de la misma ley.
Entre los artículos recurridos por el PP está el que permite el aborto libre hasta la semana 14 de gestación, lo que según esta formación política es contrario al derecho a la vida. El PP también ha recurrido el artículo sobre las menores de 16 y 17 años, que señala que la decisión de abortar les corresponde exclusivamente a ellas pero al menos uno de sus representantes legales (padre, madre, tutor) deberá ser informado de la decisión. No obstante, el Gobierno ha endurecido a última hora las condiciones en las que las chicas de 16 y 17 años podrán abortar. El real decreto aprobado por el Consejo de Ministros el pasado viernes establece que las jóvenes deberán ir al centro médico en el que se practicará la interrupción del embarazo acompañadas por uno de sus progenitores o tutores. Hasta ese momento era suficiente con que las chicas entregaran a la clínica un documento firmado por sus padres que acreditase que estaban informados del aborto.
Cuando la menor alegue conflicto familiar, el médico tendrá que determinar si esa oposición de la menor a contar a sus padres su decisión de abortar está fundada y puede interrumpir su embarazo sin el consentimiento paterno. El médico deberá elaborar un informe por escrito, pudiendo solicitar, para apoyar su dictamen, la opinión de un psicólogo o trabajador social.